POL
204052 LordLenin
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[Parlamento]: Cambios en la Ley del Parlamento

Quisiera completar la Ley del Parlamento.

La primera idea es la de [b]poner un tiempo limite de debate[/b] para que no vuelvan a ocurrir cosas que han ocurrido en la pasada legislatura que de tanto debatir, finalmente la votación no se ha realizado.

Por ello, propongo los siguientes cambios:

[quote]Título V: de los debates
Artículo 14.- El Presidente del Parlamento dará inicio al debate y convocara a sus señorías cuando el ponente haya presentado su propuesta mediante foro.

Artículo 15.- Todos los diputados tienen el derecho y el deber de intervenir en los debates en un tiempo acorde a su representación parlamentaria.

Artículo 16.- El ponente tendrá derecho a tener el primer turno de palabra, en las 24h después de que el Presidente del Parlamento haya iniciado el debate, para explicar detalladamente su propuesta.

Artículo 17.- El resto de sus señorías y los ciudadanos convocados para el debate tendrán derecho de intervenir un máximo de 3 veces durante el debate parlamentario.

Artículo 18.- La duración del debate, posterior al primer turno de palabra, no podrá ser nunca inferior a 24h ni superior a 72h.

Artículo 19.- El ponente, si así lo expresase, dispondría de un último turno de palabra de 24h de duración para responder preguntas surgidas durante el debate y cerrar el debate.

Artículo 20.- Cada diputado podrá citar un máximo de 2 ciudadanos invitados con derecho a voz pero sin voto. Tanto el Presidente como los Jueces supremo no cuentan.

Artículo 21.- Si todos hubieran gastado sus turnos de palabra antes de las 72h, el presidente del Parlamento tiene el deber de dar el último turno de palabra, o si el ponente ni quisiese, de iniciar de inmediato la votación.

Artículo 22.- El debate finaliza con la votación de la propuesta de Ley, enmienda o moción presentada. El voto es personal e indelegable. La votación podrá ser por:
a) Votación del sistema.
b) Foro.
c) Medios secretos.[/quote]

No añado casos de extrema urgencia porque ya esta escrito en la ley ese tipo de casos. Hablo de debates parlamentarios ordinarios que como mucho podrían durar 5 días.

[quote]Título XX: de las iniciativas legislativas populares (ILP)

Artículo XX.- Una ILP es aquella propuesta legislativa iniciada por el pueblo poles para que sea debatida en el Parlamento de la República.

Artículo XX.- La ILP podrá ser una proposición de ley y una proposición no de ley, salvo en asuntos constitucionales.

Artículo XX.- La ILP se someterá a votación cuando la ponencia presente un total de 10 firmas apoyando dicha propuesta.

Artículo XX.- El Presidente del Parlamento tendrá la obligación de poner a debate parlamentario la ILP sin cambio alguno.

Artículo XX.- El ponente de la ILP sera un ciudadano que tendrá derecho a iniciar y a cerrar el debate. Tambien a intervenir hasta 3 veces en el debate parlamentario.

Artículo XX.- La aprobación de la ILP sera vinculante cuando tenga una mayoría de 2/3 en el parlamento poles. Si solo obtuviera una mayoría simple, no saldría adelante.[/quote]

Esta seria mi segunda propuesta para formalizar un método en que los ciudadanos de fuera del parlamento puedan iniciar debates parlamentarios sin necesidad de intermediarios. A día de hoy, es casi voluntad nuestra colgar las propuestas de los ciudadanos. ¿Pero que pasaría si hubiera un parlamento con diputados que no quieren hacer eso? La puerta siempre ha de estar abierta a que los ciudadanos, porque son parte de nuestra comunidad, puedan proponer leyes. Como veis, esto significaría crear un nuevo título.

Mi tercera y última propuesta seria sobre las propuestas de modificación en medio del debate parlamentario, incluyendo cuando se debaten ILP. Y como siempre, aquí excluiré la constitución puesto que su método de modificación y demás ya esta definido en la propia constitución.

En esta propuesta añadiría varios artículos que habría que estudiar donde ponerlos.

[quote]Artículo XX.- Durante el debate parlamentario cualquier diputado podrá proponer modificaciones en forma de adición, supresión o substitución a la propuesta legislativa original.
Artículo XX.- La votación de dicha propuesta se realizara en el mismo hilo con las opciones SI, NO, ABSTENCIÓN y no sera incluida como 1 de los 3 turnos de palabras que cada señoría tiene en el debate. Se tendrán 24h para votar la propuesta.
Artículo XX.- Si la propuesta de modificación obtuviera mas votos afirmativos que negativos, se incluiría directamente en la propuesta original.
Artículo XX.- Se podrán presentar modificaciones hasta 48h después de iniciarse el debate. Y nunca se podrá cerrar el debate hasta que se haya votado. [/quote]

1 2     Orden: Fecha | Votos 11 mensajes en este hilo creado hace .
203938 Byzantium
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#No me parece muy entretenido esto. Tiempo de debate reglado? Turnos de palabra?

Muy coñazo.

Si lo que se quiere hacer es limitar la duracion del debate, que el PdP controle más y ya esta

pero este minijuego de debate con tiempos no lo veo.

203938 Byzantium
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#bueno pues con tal de que sea eso, que los hilos los abra un diputado o el pdp, parece que estamos de acuerdo con que haya un metodo de hacer ILP.


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#Respecto a la primera propuesta, me muestro totalmente en contra, el Parlamento está para debatir, no para aprobar propuestas de forma exprés. No puedo aceptar de ninguna manera que se impida de ninguna forma alcanzar acuerdos fructíferos nos lleve el tiempo que nos lleve.

Sobre tu segunda propuesta, entra de lleno en conflicto con la constitución:

[quote="Consti"]
Artículo 18 .- El derecho a voto en el Parlamento es exclusivo de los Diputados. Todos los ciudadanos tienen derecho a voz.[b] El derecho de propuesta puede ser ejercido por todos los ciudadanos de Pol a través de sus Diputados, que están obligados a publicar sus propuestas en el Parlamento.[/b]
[/quote]

Por estas razones mi voto de momento es [b]En contra[/b] de esta propuesta.

204052 LordLenin
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#[quote=Byzantium] No me parece muy entretenido esto. Tiempo de debate reglado? Turnos de palabra?

Muy coñazo.

Si lo que se quiere hacer es limitar la duracion del debate, que el PdP controle más y ya esta

pero este minijuego de debate con tiempos no lo veo.
[/quote]

Se debe reglar porque aunque el PdP sea bueno, fíjate, en esta nueva legislatura hay hasta 2 propuestas de ley que llevan semanas debatiéndose pero nadie ha añadido nada nuevo. Eso no puede pasar, se debe reglar los debates parlamentarios.

Y querido compañero, es una parte de mis propuestas. La otra es incluir la idea de ILP y añadir artículos para reglar que se puede incluir una enmienda/modificación a la propuesta original, que por cierto, en ningún sitio pone que el ponente deba incluir esa propuesta, lo que me parece muy grave.


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#[quote=Byzantium] En una reciente sentencia del tribunal supremo, @kendel , el Juez Supremo @Biol201 dijo con respecto a esta misma ley, una cosa parecida a la siguiente:

"Es así que el artículo 7 de la Ley del Parlamento debe interpretarse de tal forma que en él no se está estableciendo de forma imperativa que la regulación de la adquisición y la pérdida del acta de Diputado solo se pueda contener en la Constitución, sino que, por el contrario, lo que nos está señalando es que aquella toda regulación que se realice sobre dichas materias debe respetar los principios constitucionales o, lo que es lo mismo, los “principios básicos” que en ella se contienen que, como todo principio, pueden ser objeto de regulación legal posterior siempre y cuando, claro está, esta no contravenga de forma frontal dichos principios constitucionales."

Dicho de otra forma, y aplicandolo a este caso... que La Constitución establezca que los ciudadanos pueden enviar propuestas a traves de sus diputados no significa que esa sea la unica forma posible de proponer cosas para los ciudadanos. Si existe posibilidad de tener iniciativas legislativas populares que tienen su comienzo en el foro general y movilizan a los ciudadanos a activarse e involucrarse con este parlamento... no me parece mala idea. Otra cosa es que vaya a ocurrir. Pero que exista la posibilidad no hace daño a nadie.
[/quote]

No me opongo en absoluto a que los ciudadanos abrán hilos sobre ILP en el foro General, no podriamo oponerme ni aunque quisiera de hecho, pero creo que en el parlamento solo deberían abrir hilos los diputados, es la única limitación que yo quiero. En cuanto a formalizar como iniciar, movilizar o aprobar una ILP no me meto.

204052 LordLenin
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#[quote=kendel] Respecto a la primera propuesta, me muestro totalmente en contra, el Parlamento está para debatir, no para aprobar propuestas de forma exprés. No puedo aceptar de ninguna manera que se impida de ninguna forma alcanzar acuerdos fructíferos nos lleve el tiempo que nos lleve.

Sobre tu segunda propuesta, entra de lleno en conflicto con la constitución:

[quote="Consti"]
Artículo 18 .- El derecho a voto en el Parlamento es exclusivo de los Diputados. Todos los ciudadanos tienen derecho a voz.[b] El derecho de propuesta puede ser ejercido por todos los ciudadanos de Pol a través de sus Diputados, que están obligados a publicar sus propuestas en el Parlamento.[/b]
[/quote]

Por estas razones mi voto de momento es [b]En contra[/b] de esta propuesta. [/quote]

Sin embargo, en la ley del parlamento se cita que se pueden proponer ILP. Entonces, ¿que son ILP?

Para hacerlo acorde a la constitución se puede decir que la propuesta sera colgada e iniciada por el PdP. Así, se respeta la constitución.

203938 Byzantium
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#En una reciente sentencia del tribunal supremo, @kendel , el Juez Supremo @Biol201 dijo con respecto a esta misma ley, una cosa parecida a la siguiente:

"Es así que el artículo 7 de la Ley del Parlamento debe interpretarse de tal forma que en él no se está estableciendo de forma imperativa que la regulación de la adquisición y la pérdida del acta de Diputado solo se pueda contener en la Constitución, sino que, por el contrario, lo que nos está señalando es que aquella toda regulación que se realice sobre dichas materias debe respetar los principios constitucionales o, lo que es lo mismo, los “principios básicos” que en ella se contienen que, como todo principio, pueden ser objeto de regulación legal posterior siempre y cuando, claro está, esta no contravenga de forma frontal dichos principios constitucionales."

Dicho de otra forma, y aplicandolo a este caso... que La Constitución establezca que los ciudadanos pueden enviar propuestas a traves de sus diputados no significa que esa sea la unica forma posible de proponer cosas para los ciudadanos. Si existe posibilidad de tener iniciativas legislativas populares que tienen su comienzo en el foro general y movilizan a los ciudadanos a activarse e involucrarse con este parlamento... no me parece mala idea. Otra cosa es que vaya a ocurrir. Pero que exista la posibilidad no hace daño a nadie.

Respecto a reglar los mecanismos por los cuales tienen lugar los debates, organizando turnos de palabra y limitando temporalmente las intervenciones, me opongo totalmente. Si se quiere imponer al PdP el trabajo y obligación de controlar que ningun debate se quede olvidado, eso no me parece mal. Pero es evidente que ante el problema "hay debates que se quedan olvidados" hay propuestas posibles mucho menos dañinas y restrictivas que controlar cada uno de los aspectos del debate parlamentario, que es lo que se esta proponiendo.

204052 LordLenin
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#En ese caso propongo que ese tema quede asi:

[quote]Título XX: de las iniciativas legislativas populares (ILP)

Artículo XX.- Una ILP es aquella propuesta legislativa iniciada por el pueblo poles para que sea debatida en el Parlamento de la República.

Artículo XX.- La ILP podrá ser una proposición de ley y una proposición no de ley, salvo en asuntos constitucionales.

Artículo XX.- La ILP se someterá a votación cuando la ponencia presente un total de 10 firmas apoyando dicha propuesta.

Artículo XX.- El Presidente del Parlamento tendrá la obligación de abrir un hilo en el foro Parlamento para iniciar el debate parlamentario la ILP, sin cambio alguno de la propuesta original.

Artículo XX.- El ponente de la ILP sera un ciudadano que tendrá derecho a voz pero no voto en el debate parlamentario. Seran los propios ciudadanos firmantes quienes eligan a su ponente.

Artículo XX.- La aprobación de la ILP sera vinculante cuando tenga una mayoría de 2/3 en el parlamento poles. Si solo obtuviera una mayoría simple, no saldría adelante.[/quote]

Así mismo, tras escuchar sus posiciones, modificare las otras dos propuestas para adecuarlas a sus opiniones y poder tener un acuerdo.

203938 Byzantium
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#ñe

esto se ha quedado un poco estancado.

Aun no le veo el sentido totalmente, viendo que el procedimiento de la ILP es muy lento, requiere muchas firmas y luego en vez de 1/2 requiere 2/3... mientras a la vez existe la posibilidad de proponerlo con 0 firmas y 100% rapidez mediante el metodo establecido en la constitucion.

204052 LordLenin
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#Lo puedo adecuar para que sea mas eficiente y en vez de 2/3 que haya mayoria absoluta. Pero se tiene que reglar el tema de la ILP porque para empezar, aparece en varias leyes pero no se sabe lo que es juridicamente porque no esta definido.

Es lo mismo que con las enmiendas en el debate parlamentario. Si a cualquier ley yo propongo una enmienda, esta al menos debería ser votada. En la ley de religiones, he propuesto varias cosas y no se ha votado ninguna de esas enmiendas, lo que me parece totalmente injusto porque ahora mismo las enmiendas se incluyen si al ponente le parece bien, cuando eso no es democrático.

203938 Byzantium
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#Lo de las enmiendas se puede mejorar, si.

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